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En Tarpeia Abogados ponemos a disposición de todos nuestros clientes un asesoramiento integral sobre la gestión de las herencias. Abordamos todos los pasos que sean necesarios para su completa tramitación, ya sea desde un primer momento inicial, con la redacción del testamento, hasta la definitiva aceptación y adjudicación de la herencia por sus beneficiarios, incluyendo la gestión tributaria y liquidación de los impuestos correspondientes.

Herencias

Tras la muerte de un ser querido, sus herederos o aquellos que hayan sido nombrados como beneficiarios en su testamento tendrá que realizar una serie de trámites y gestiones para tomar posesión de los bienes del finado.

Todos estos trámites pueden ser especialmente farragosos, y una mala praxis a la hora de acometerlos puede originar un resultado muy negativo.

En primer lugar, será necesario recabar toda la documentación precisa para poder comenzar con el trámite (certificados de defunción, certificados de últimas voluntades,  testamentos, si los hubiera, averiguación patrimonial del causante, etc), y analizar ésta adecuadamente, poniendo especial atención a quiénes son llamados a la herencia, en qué condición lo son (herederos o legatarios) y qué bienes, derecho o deudas en su caso, conforman el patrimonio del causante.

Posteriormente, será preciso aceptar la herencia, y dar cumplimiento a la voluntad manifestada por el difunto en su testamento mediante su adjudicación, lo cual pudiera ser especialmente complicado pues en muchas ocasiones aquella voluntad manifestada por el testado confronta con las expectativas de quienes tienen que sucederle.

Por último, no podemos olvidar que las herencias tributan y, por consiguiente, tendremos que liquidar el correspondiente impuesto de sucesiones.

Por todo ello, es vital, estar asesorado en todo momento por expertos abogados de herencias.

Tarpeia abogados, somos tus abogados de herencias en León

Testamentos

A través de un testamento, el testador o causante expresa su última voluntad sobre cómo han de ser repartidos todos sus bienes y derechos tras su muerte, y entre aquellas persona que han de sucederle.

Mediante el testamento, no solo podemos instituir con carácter universal a uno o varios herederos para que reciban todos los bienes y derechos que forman parte del patrimonio del difunto, sino que también podemos hacer disposiciones particulares, legando a una única persona ciertos bienes o derechos concretos.

Cuando queremos que nuestro patrimonio sea repartido de una forma particular, o que el testamento contenga aspectos específicos de acuerdo a nuestra real voluntad, es imprescindible que las disposiciones testamentarias estén adecuadamente redactadas. Una vez otorgado éste y producida la defunción del causante no habrá marcha atrás, pudiéndose generar desavenencias entre quienes figuren como beneficiarios.

Por ello, es necesario contar con un equipo de abogados de herencias que te asesoren en la redacción del testamento.

Si necesitas ayuda para conformar un testamento, contacta con Tarpeia Abogados

Declaración de Herederos

La declaración de herederos es un trámite por el cual se concretan que personas van a ser consideradas como herederos del causante o difunto. La declaración de herederos, por lo general, tiene lugar cuando el causante no hizo testamento y hemos de suplir la falta de determinación expresa de herederos, para lo cual hemos seguir lo establecido en el Código Civil sobre quienes han de tener tal condición. En estos casos hablamos siempre de declaración de herederos abintestato.

En la actualidad, y desde el año 2015, la declaración de herederos puede efectuarse ante el Notario mediante acta de notoriedad, conforme establece el art. 55 y ss de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862, evitando así acudir a un procedimiento judicial que, como es evidente, resultaba siempre más largo y costoso.

Hemos de señalar que aunque normalmente la declaración de herederos tiene lugar cuando el difunto no otorgó testamento, también hay obligación de acudir a este trámite en otras ocasiones, concretamente cuando: el causante otorga testamento pero no nombre herederos en el mismo; cuando aun habiendo otorgado testamento y nombrado herederos estos mueren antes que el causante y, finalmente, cuando el testamento es declarado nulo.

Si quieres más información sobre el proceso de declaración de herederos, contacta con nuestro equipo de abogados de herencias en León

Impuesto de sucesiones

Las herencias constituyen un hecho que se encuentra gravado por el impuesto de sucesiones.

El plazo para su liquidación y pago es de 6 meses a contar desde el fallecimiento del causante, salvo que existan causas de suspensión previstas en la Ley o se solicite un aplazamiento del pago, y deberá realizarse ante la Administración del lugar donde el fallecido tenía su residencia habitual. Su liquidación en tiempo y forma es muy importante, ya que de lo contrario Haciendo podrá cobrarnos penalizaciones y recargos sustanciosos.

Cada Comunidad Autónoma tiene una legislación especial en materia de impuesto de sucesiones, lo cual es importante para saber qué tipo de bonificaciones o reducciones pueden ser aplicadas, tales como reducciones en las adquisiciones «mortis causa» de descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, reducciones por discapacidad, reducciones por la adquisición de explotaciones agrarias o por adquisición de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades,…etc.

Asesórate con expertos sobre todo lo que necesitas saber del impuesto de sucesiones. Contacta con Tarpeia Abogados